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Foto: elTOQUE.

Nuevas aclaraciones sobre la pérdida de propiedades de los residentes en el exterior

12 / julio / 2024

En la emisión del 11 de julio de 2024 del programa televisivo Mesa Redonda, José Luis Toledo Santander —presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP)— aseguró que los diputados cubanos habían discutido y hecho modificaciones al proyecto de ley de migración que deberán aprobar en la sesión ordinaria del Parlamento del próximo 17 de julio de 2024.

Toledo afirmó que entre las modificaciones se encuentra la introducción de un artículo dedicado a aclarar los derechos de propiedad que podrán conservar los cubanos residentes en el exterior.

El diputado aseguró que la regulación del tema de los derechos de propiedad de los emigrados en el proyecto había sido manipulado y tergiversado en las redes sociales. Por esa razón, decidieron redactar un nuevo artículo que aclarará de manera definitiva el asunto.

Según las declaraciones de Toledo Santander, el artículo establece que «las personas ciudadanas cubanas residentes en el exterior, de acuerdo con el artículo 58 de la Constitución de la República, tienen derecho al uso, disfrute y disposición de los bienes de su propiedad establecidos en el territorio nacional, conforme a lo que la ley disponga en tal sentido».

Las revelaciones del diputado buscan apaciguar las preocupaciones de muchos ciudadanos cubanos que viven fuera de Cuba y poseen propiedades en el país. Sobre todo porque hasta la fecha la condición de «residente en el exterior» era inexistente y en el imaginario popular es equiparable a la de «emigrado», que sí activaba la confiscación de inmuebles y vehículos.

De acuerdo con Toledo Santander, el nuevo proyecto hará depender —al menos para los cubanos— el mantenimiento y disfrute de propiedades en Cuba, no de la residencia, sino de la ciudadanía. Aunque José Luis Toledo no lo aclaró, se podría inferir que la disposición está pensada no solo para permitir que las personas que poseen bienes (casas o automóviles) en la isla conserven la titularidad, sino también para que los cubanos residentes en el exterior que no tienen bienes de este tipo puedan adquirir nuevas propiedades sin necesidad de someterse a un proceso de repatriación u otro similar.

No obstante, la previsión anunciada por Toledo no elimina la necesidad de modificar otras leyes, como la Ley General de la Vivienda y las normativas relativas a la transferencia y adquisición de vehículos. Ambos conjuntos de normas establecen que, para adquirir inmuebles y vehículos de motor en Cuba, es preciso ser residente en el territorio nacional.

Si las declaraciones de Toledo Santander son ciertas y el proyecto de ley de migración se aprueba con las nuevas modificaciones, la inclusión de un artículo como el mencionado ofrece una certeza adicional a quienes hasta ahora no tenían garantizado el mantenimiento de sus propiedades en Cuba en caso de ser considerados residentes en el exterior una vez entrara en vigor la normativa.

No obstante, dado que solamente se cuenta con las escuetas declaraciones de José Luis Toledo, habrá que esperar a que se publique el proyecto definitivo o la ley para tener más claridad sobre el alcance de la previsión. Es posible que se eliminen los obstáculos para que los residentes en el exterior puedan adquirir y mantener propiedades en Cuba; pero también podría suceder que se mantengan filtros o condiciones adicionales para que puedan participar en formas asociativas como las cooperativas no agropecuarias y las mipymes.


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Escorpio

Mantiene el derecho a disfrute de las propiedades ahora la podría vender,donar,permutar o hacer lo que decida. ? Podrá comprar,recibir en donación quien no la tenga? Creo que ser ciudadano debía ser suficiente para mantener la residencia quien ya tiene un domicilio legal
Escorpio

Coe

El Proyecto de Ley de Migración incumple la esencia del objetivo " UNIR A LOS CUBANOS" por ser "CUIDADANOS" porque los divides en tres categorías "condicionales": Residentes efectivos, Residentes transitorios y Residentes en el exterior, inconcebiblemente para "MANTENERNOS CONTROLADOS".
Coe

Olga Lidia Cruz Giral

Importante es mantenerse actualizado en cuanto a los cambios existentes en normas, y leyes que puedan influir en las diferentes actividades que a diario chocan con el trabajo que se realiza en cada centro.
Olga Lidia Cruz Giral

Mildre

Gracias por mantenernos informados.
Mildre

Santy

Es interesante y muy oportuno cuanto exponen, así como ¨sutiles¨ observaciones a las nada infrecuentes opacidades de la legislación en Cuba. Por ejemplo ... ¨de acuerdo con ... la Constitución de la República¨ podría ocurrir que el PCC ¨se pase por el Arco de Triunfo¨ la doquier reconocida como ¨Ley de leyes¨, esa a la que ninguna otra o normativa puede oponerse, contravenir, modificar o por el estilo. Y cabe decir el gobierno del PCC, que no es gobierno del pueblo, incluso en los textos que legitima como constitucionales no olvida aquello de ... ¨conforme a lo que la ley disponga en tal sentido¨. Hasta donde he llegado a saber, una Constitución que se respete no deja grietas que propicien su quebrantamiento. Digo mas ... una Constitución tiene el supremo propósito de salvaguardar los derechos de los ciudadanos limitando las facultades (y actuaciones) de los gobiernos de turno y para tal cosa la humanidad (civilizada) instrumentó la separación de poderes (legislativo, judicial y ejecutivo) cosa que en la "Cuba revolucionaria" los arrellanados del PCC rechazan de plano. En esta "Cuba revolucionaria" no existe institución, derecho a protesta o manifestación para llamar al respeto al PCC, incluso al respeto a esa misma Constitución que de tan mala gana promulgan.
Santy

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