Miembros de la Embajada de Cuba en México votaron en el referendo del Código de las Familias, el 18 de septiembre de 2022. Foto: Facebook.
La falacia del voto de la diáspora en el referendo del Código de las Familias
21 / septiembre / 2022
Más de mil colegios electorales fueron habilitados en el exterior para que los cubanos que se encuentran en misiones estatales votaran, el 18 de septiembre de 2022, en el referendo del Código de las Familias.
El medio oficialista Cubadebate reseñó el suceso bajo un titular engañoso: «Efectuado referendo sobre el Código de las Familias para cubanos en el exterior».
Los cubanos residentes en el exterior no han podido ni podrán ―a menos que se modifique la Ley Electoral y las autoridades lo permitan― votar en referendo alguno. Cuba ha vivido solo dos referendos antes del que se celebrará el próximo 25 de septiembre de 2022; ambos han sido constitucionales. Uno, en 1976; y otro, en 2019. La comunidad cubana residente en el exterior no votó en ninguna de las dos ocasiones.
En 1976, la ley cubana no establecía el derecho de los cubanos residentes en el exterior a votar en referendos, pero la Ley Electoral vigente desde febrero de 2019 ―fecha en que se realizó el referendo constitucional― sí establecía la obligación de las autoridades electorales cubanas de facilitar los medios y las posibilidades para que los cubanos que conservaran la residencia legal en la isla pudiesen votar en el referendo. En 2019, esa obligación fue incumplida y los cubanos residentes fueron privados del derecho al voto de forma arbitraria y discrecional.
Pero la emigración cubana (que de acuerdo con las reglas del Gobierno tenía derecho al voto) no solo fue privada de su derecho a participar en el referendo de 2019. Los señalamientos y las denuncias en contra de las autoridades cubanas por haber privado del derecho al voto a los cubanos que estaban en el exterior, los llevó a modificar la legislación y establecer una nueva categoría para poder disfrutar del derecho al sufragio en Cuba: la residencia efectiva.
Hasta la Ley Electoral de agosto de 2019, todos los cubanos con residencia legal en Cuba ―o sea, quienes entraban y salían del país dentro del término de 24 meses o quienes se habían repatriado― tenían derecho a estar incluidos en el registro electoral y, por ende, a votar. Sin embargo, después de la Ley Electoral vigente, el poder cubano estableció que podrían votar solo quienes tuvieran «residencia efectiva» en el país por un período no menor de dos años antes de las elecciones.
La Ley Electoral de 2019 incorporó también los criterios fundamentales que, en teoría, determinarían cuándo una persona posee «residencia efectiva» en Cuba. A saber:
- La presencia física en el territorio nacional al momento de ejercitar su derecho.
- Los actos que evidencien su voluntad de permanecer en el territorio nacional como su domicilio permanente.
El establecimiento de estos criterios condiciona que existan solo dos opciones para que los cubanos residentes en el exterior puedan votar en un referendo. La primera, que se trasladen de sus lugares de residencia habitual para estar de manera presencial en el país el día señalado para el referendo; la segunda, que las autoridades de la mesa electoral en la que pretende votar ―utilizando criterios políticos no definidos― determinen que ha dado muestras suficientes de que su domicilio permanente está en Cuba y no en el extranjero.
En la práctica, esos criterios parecen estar predefinidos. La vinculación con el Estado cubano parece ser el factor determinante para que los cubanos que se encuentran en el exterior voten en el referendo. Los listados de los posibles electores de los colegios especiales en el exterior son elaborados previa y discrecionalmente por el Ministerio de Relaciones Exteriores y las autoridades electorales cubanas. La práctica ha demostrado que, en esos listados, solo son incluidos los cubanos que se encuentran en el exterior en misiones oficiales del Gobierno o quienes, sin estarlo, mantienen una relación estrecha con las autoridades.
De acuerdo con la legislación del archipiélago, cualquier cubano que considere que tiene derecho al voto podría presentarse en alguno de los colegios electorales especiales el día del referendo y solicitar ser incluido de forma emergente en el registro electoral. Sin embargo, serían las autoridades de la mesa electoral ―la mayoría funcionarios leales al Partido Comunista― quienes decidirían si puede o no ejercer su derecho al voto.
En resumen, la Ley Electoral vigente ha despojado a los cubanos residentes en el exterior de los escasos derechos políticos que nominalmente conservaban. Si antes podían intentar reclamar la posibilidad de participar en lo que para muchos son simulacros electorales, después de agosto de 2019 esa posibilidad ni siquiera existe.
La diáspora cubana ha sido utilizada por el régimen como fuente de recursos a la que se le reconocen o limitan derechos a conveniencia del poder. Por ejemplo, las autoridades cubanas entienden que, si no se está en Cuba, no se puede votar, al tiempo que reconocen que la ausencia del territorio nacional no siempre implica el deseo de la persona de emigrar.
En julio de 2022, Cubadebate publicó un reporte en el que reconocía que, de acuerdo con «los datos publicados en el anuario demográfico [de la Oficina Nacional de Estadística e Información (ONEI)], las migraciones no fueron responsables del decrecimiento de la población cubana en 2021. El saldo migratorio reportado está en positivo, lo que quiere decir que las entradas supera[ron] las salidas». El dato resaltaba ante la realidad evidente de una ola migratoria que, entre octubre de 2021 y hasta el momento de publicación del artículo, había generado que un aproximado de 177 mil cubanos llegasen solo a la frontera sur de los Estados Unidos.
No obstante, Cubadebate y la ONEI justificaban sus datos al alegar que «las personas pueden permanecer en el exterior dos años y mantener su condición de residentes. De ahí que el incremento de las migraciones visto a partir de los últimos meses de 2021 no se reflej[en] todavía en las estadísticas de la ONEI».
Asimismo, agregaron que el «saldo migratorio de Cuba ha sido mayoritariamente negativo, excepto durante 2013 y 2014 cuando entró en vigor el Decreto Ley 302, modificativo de la Ley de Migración 1312 de 1976 y que en el párrafo 2 del nuevo artículo 9.1 considera “que un ciudadano cubano ha emigrado, cuando viaja al exterior por asuntos particulares y permanece de forma ininterrumpida por un término superior a los 24 meses sin la autorización correspondiente”».
Los razonamientos expresados por la propaganda cubana sirven para demostrar las manipulaciones del Gobierno. Los cubanos no cuentan como emigrados para las cifras oficiales cuando su salida del país influye en los índices de decrecimiento poblacional. Sin embargo, desde que colocan un pie fuera de Cuba se convierten en fuentes de remesas sin capacidad para decir SÍ o NO ante las escasas decisiones que son sometidas a votación por los gobernantes cubanos.
A pesar de lo anterior, se han desarrollado iniciativas para contrarrestar y enfrentar, desde lo simbólico, el veto del derecho al voto para los cubanos en el exterior que no mantienen vínculos estrechos con el Gobierno.
Es el caso del proyecto de voto (aunque el resultado sea no vinculante) que impulsan varias organizaciones de la sociedad civil a través de una plataforma tecnológica creada por Transparencia Electoral y DemoAmlat.
Los impulsores de la iniciativa precisan que «se trata de la primera experiencia de organización de la diáspora desde la perspectiva electoral». Agregan que la herramienta permitirá a los emigrados cubanos (quienes sufren una doble exclusión al ser forzados a abandonar el país y despojados de los derechos políticos) vincularse con los asuntos políticos del archipiélago, así como iniciar «la confección de un padrón de cubanas y cubanos en el exterior, fundamental para el análisis y diseño de políticas para este grupo y sus países receptores».
Mientras que más de 16 países garantizan el derecho al voto de sus ciudadanos en el exterior, los emigrantes cubanos son despojados de la participación en las decisiones políticas de su nación.
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