Desde el 18 de abril de 2025, han circulado en redes sociales rumores sobre la supuesta exención de visado de Colombia para los cubanos. La desinformación se amplificó en titulares de prensa, grupos de Facebook y aplicaciones de mensajería.
Hasta el momento la noticia no es cierta. El Gobierno colombiano no ha emitido ningún comunicado oficial que establezca el libre visado para los ciudadanos de la isla.
¿Cómo surgió la desinformación?
La ministra de Relaciones Exteriores de Colombia, Laura Sarabia, informó el viernes 18 de abril de 2025 que el gobierno nacional había puesto en marcha un trámite para eximir de visa a ciudadanos de China y «otras nacionalidades».
En un mensaje publicado en su cuenta de X, Sarabia explicó que, tras conversar con el presidente Gustavo Petro, se acordó iniciar oficialmente el proceso que busca «facilitar el turismo, el comercio y la inversión en Colombia». «Avanzamos con visión compartida y diálogo permanente», añadió la canciller.
Sarabia no especificó ninguna otra nacionalidad, además de la china.
elTOQUE consultó la página oficial de la Cancillería y demás sitios gubernamentales. Hasta el 21 de abril de 2025 no encontramos ningún comunicado que confirme la inclusión de Cuba en esta nueva política de exención.
La lista oficial de exenciones del Ministerio de Relaciones Exteriores clasifica los países en tres categorías —A, B y C—, y recoge a más de 90 estados. Cuba no figura en ninguna de ellas, lo que ratifica que sus nacionales siguen necesitando visa para estancias cortas.
¿Qué cubanos pueden viajar a Colombia sin visado?
En la actualidad, Colombia permite la entrada sin visa de visitante (estadías menores a 90 días) a 102 nacionalidades, entre las cuales no figura la isla caribeña.
Para los cubanos, la excepción actual solo aplica a los titulares de pasaportes diplomáticos —con exención indefinida— y oficiales, a quienes se les permite la entrada sin visa por un máximo de seis meses, siempre que los documentos estén vigentes.
¿Qué necesitan los cubanos actualmente para viajar a Colombia?
Según la Resolución 5477 del 22 de julio de 2022, los visados colombianos se clasifican en visitante (tipo V), migrante (tipo M) y residente (tipo R).
Por el momento, la normativa vigente exige que los cubanos cuenten con: pasaporte en regla, formulario electrónico de solicitud de visa, documentos de respaldo como extractos bancarios o cartas de invitación. En el caso de que sea necesario, la legalización o apostilla de la documentación. Todo trámite se gestiona a través del sistema en línea de la Cancillería o en la embajada de Colombia en La Habana.
Los ciudadanos cubanos que deseen viajar por turismo, estudios o negocios deben solicitar cita previa, completar el formulario de solicitud de visa V en la plataforma digital de la Cancillería y presentarse en la sede diplomática de Colombia en La Habana.
La Cancillería no ha dado fecha para la publicación de la lista definitiva de países exentos, ni ha aclarado cuáles serán las «otras nacionalidades» mencionadas por Sarabia. Hasta que no se emita una resolución oficial, el requisito de visa para ciudadanos cubanos permanece vigente.
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