Consulado de España en La Habana ofrece Ayudas de Subsistencia 2025 (+ PDF)

Foto: elTOQUE.

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Hasta el 17 de junio de 2025, el Consulado de España en La Habana recibirá solicitudes para las ayudas de subsistencia correspondientes a 2025.

Esta posibilidad —que consiste en la entrega de un monto de dinero en pesos cubanos— se destina a ciudadanos españoles residentes en Cuba que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica y cumplan requisitos específicos pautados por la administración consular.

Podrán beneficiarse quienes tengan nacionalidad española, estén dados de alta en el Registro de Matrícula Consular y carezcan de medios económicos suficientes. Además, el solicitante debe ser menor de 18 años, mayor de 65 o, en caso de tener entre 18 y 65 años, estar incapacitado para el trabajo. La persona no debe estar percibiendo alguna otra ayuda otorgada por la Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social de la Embajada de España en Cuba ni por ninguna Comunidad Autónoma española.

Tampoco podrán beneficiarse de la prestación dos integrantes del mismo núcleo familiar ni las personas cuyo ingreso familiar per cápita supere el mínimo de subsistencia anual fijado por las autoridades.

Las solicitudes deben entregarse en persona; no se admitirán representantes ni envíos por correo postal ni por correo electrónico. La presencia física del solicitante en la demarcación consular es un requisito indispensable para el acceso a la ayuda, lo que limita las posibilidades de quienes se encuentren lejos de las sedes consulares.

Se podrá realizar la entrega de documentación en el Consulado General de España en La Habana, de lunes a viernes entre las 9:00 y las 10:00 a. m. en la ventanilla número 3 de la calle Zulueta. El último día del plazo, el horario se extenderá hasta las 12:00 p. m. También se aceptarán solicitudes en los Viceconsulados Honorarios de España en Camagüey, Santa Clara y Santiago de Cuba, siempre bajo el principio de presencialidad obligatoria.

Para presentar la solicitud, es necesario completar y firmar los siguientes documentos, según aparecen en la convocatoria:

  1. Cuestionario complementario de ayudas de subsistencia: requiere datos personales, información sobre el domicilio y las vías de contacto del solicitante; declaraciones responsables de carecer de medios económicos y de no haber recibido otras ayudas; y los datos de la cuenta bancaria cubana.
  2. Dos ejemplares de la Solicitud de ayuda de subsistencia: requiere datos personales, sobre la situación familiar (personas con las que convive y situación de la vivienda), sobre la situación laboral (jubilación, desempleo, tipos de trabajo realizados, etcétera.), sobre la situación económica (ingresos, bienes y cuentas bancarias) y sobre la situación que motiva la solicitud (circunstancias especiales, incapacidad, estado de salud, etcétera.).
  3. Dos ejemplares de la Declaración de ingresos: requiere datos personales, listado de los integrantes del núcleo familiar con información sobre su edad, parentesco, así como procedencia y cuantía de los ingresos.
  4. Fotocopia del carné de identidad cubano.
  5. Fotocopia, que incluya todas las páginas, de la libreta de abastecimiento.
  6. Chequera/talonario de la pensión o asistencia social del Instituto Nacional de la Seguridad Social de todos los miembros de la unidad familiar que perciban alguna pensión.
  7. Certificado del centro de trabajo que indique el salario anual percibido por cada miembro de la unidad familiar.
  8. Si la persona recibe ayuda de sus hijos u otros familiares, debe incluir una declaración firmada por el familiar que especifique el importe recibido al año y fotocopia de su carné de identidad.
  9. Los solicitantes menores de 65 años incapacitados para el trabajo aportarán una fotocopia, por ambas caras, del modelo de Solicitud de Peritaje Médico para expediente de Seguridad Social expedido por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. El documento debe acreditar el tipo de incapacidad que padece y el grado de esta.

El Consulado recomienda asegurarse de firmar todos los documentos e incluir en la declaración de ingresos cualquier tipo de entrada económica. Los solicitantes que no sepan o no puedan firmar deberán comparecer ante notario para estampar sus huellas digitales, procedimiento que también puede realizarse en las oficinas consulares.

Otro aspecto importante es la inclusión de un número de teléfono móvil en el cual el solicitante pueda recibir mensajes SMS, lo cual facilitará la comunicación durante el proceso. Si en la libreta de abastecimiento aparecen personas que no conviven con el núcleo familiar, se deberá presentar una declaración firmada por el familiar que indique su dirección actual y la correspondiente fotocopia de su carné de identidad. Por su parte, los miembros del hogar en edad laboral que no perciban ingresos deberán justificar su situación mediante certificados médicos, constancias de estudios, carné de recluta o declaraciones firmadas por otros familiares, según corresponda.


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